Política

Autoadscripción indígena debe tener más candados: TEEM


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Tribunal local no puede resolver sobre situaciones que no están previstas en la legislación electoral: Elena Mejía.

La magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM), Martha Elena Mejía, afirmó que la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que revocó la constancia de mayoría como diputado electo del Distrito III a Ulises Pardo Pardo Bastida, es un caso sui géneris en el país y lo que resuelva la Sala Superior fijará criterios sobre la autoadscripción indígena calificada.


Además, consideró que la legislación y los lineamientos para comprobar la autoadscripción indígena deben ser revisados y endurecidos por el legislador para evitar simulaciones en detrimento de las acciones afirmativas.


Sobre algunas críticas al TEEM por haber validado en primera instancia la autoadscripción indígena de Pardo Bastida, a quien la Sala Regional revocó la constancia de mayoría como diputado electo por el partido Morena, señaló que el tribunal local no puede resolver sobre situaciones que no están previstas en la legislación electoral y recordó que la propia Sala, en la primera etapa de impugnación, validó la candidatura como acción afirmativa indígena.


Sin embargo, en la etapa postelectoral la Sala Regional consideró que se presentaron pruebas novedosas o supervinientes que desvirtuaron la autoadscripción indígena de Pardo Bastida, ya que días después de la elección, en asamblea, la comunidad de Coajomulco no sólo desconoció a Pardo Bastida sino que destituyó al ayudante municipal, por haber expedido documentación para respaldar la autoadscripción del candidato morenista.


Recordó que el Pleno de la Sala Regional debatió sobre si era dable hacer una segunda revisión a la autoadscripción calificada, ya que por jurisprudencia había impedimento legal, pero dos de los tres magistrados optaron por superar esa jurisprudencia que data del 2004 porque el caso ameritaba ser abordado desde una perspectiva intracultural y en el contexto actual.


Elena Mejía afirmó que será muy interesante el debate en Sala Superior sobre  impugnaciones en contra del resolutivo de la Sala Regional, ya que el caso Pardo Bastida es muy particular y, hasta donde tiene conocimiento, es el primer candidato en el país al que se le revoca la constancia de mayoría al haberse revisado, por segunda ocasión y posterior a la elección, su autoadscripción indígena calificada.
Sostuvo que una vez que concluya el proceso electoral, el legislador y los órganos electorales deberán a analizar el tema de la autoadscripción y pensar en fijar candados en comicios posteriores, para garantizar la representación indígena en los cargos de elección popular.  


“Yo considero, en mi opinión personal, que debieron ponerse más candados, empezando por los lineamientos que se aprobaron. Debió haber más candados para que las personas que se autoadscribieran como indígenas efectivamente comprobaran su autoadscripción, y efectivamente fueran de la comunidad indígena que decían representar, y efectivamente tuvieran el vínculo y arraigo con la comunidad.
“Los lineamiento fueron hechos, y no quiero echar culpas al Impepac, los lineamientos que aprobó el Impepac y que nosotros después validamos, están aprobados con base en la propia sentencia del Sala Superior que estableció los propios lineamientos, sin embargo, al ser un asunto inacabado se dieron muchos casos de controvertir e impugnar a las personas que se presentaron como presuntos indígenas”, explicó.


Por lo pronto, en Sala Superior hay cuatro recursos de impugnación promovidos por el partido Morena, por Pardo Bastida y por representantes de la comunidad de Coajumulco, que han solicitado también se le revoque la constancia de mayoría al diputado suplente electo del Distrito III, Alejandro Martínez Bermúdez.

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Maciel Calvo

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