Sala Regional de TEPJF ratifica resolución del TEEM.
Por unanimidad, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) que revocó el acuerdo del Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) relativo a la declaración de improcedencia de la elección de personas delegadas y renovación de los órganos de dirección del Partido Encuentro Social Morelos (PESM).
Al resolver el juicio SCM-JDC-349/2022 y acumulados, el Pleno determinó que el tribunal local advirtió correctamente que las actuaciones desplegadas por las distintas instancias del PESM se habían efectuado en ejercicio de sus atribuciones atendiendo el contexto de pandemia por covid-19 y obedeciendo a los plazos establecidos para la celebración del Congreso Estatal en la sentencia de esta Sala Regional (SCM-JDC-61/2020).
También señaló que fue correcta la determinación del TEEM sobre que en caso de una convocatoria extraordinaria al Congreso Estatal del partido, su emisión corresponde a la Comisión Política Estatal y no a la Comisión de Elecciones.
Además de que el Comité Directivo cuenta con atribuciones para determinar los aspectos organizativos del partido, por lo que era conforme a derecho que hubiera decidido efectuar 12 asambleas distritales en vez de 36 municipales. Por tal razón, confirmó la resolución impugnada.