Política

Tribunal colegiado admite impugnaciones promovidas por Antonio Villalobos


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Defensa del exalcalde de Cuernavaca inició recursos de revisión ante la negativa de amparo por parte de un juzgado de distrito contra el auto de vinculación a proceso por el presunto delito de ejercicio abusivo de funciones.

Un tribunal colegiado admitió los recursos de revisión promovidos por la defensa del ex presidente municipal de Cuernavaca, Antonio Villalobos Adán, ante la negativa de amparo por parte de un juzgado de distrito contra el auto de vinculación a proceso por el presunto delito de ejercicio abusivo de funciones y la medida de prisión preventiva oficiosa dictados por un juez de control en septiembre de 2022.


A finales de noviembre  y principios de diciembre del año pasado, el Juzgado Quinto de Distrito dictó sentencia en los juicios de amparo 1322/2022 y 1382/2022. En ambos casos, determinó negar la protección de la justicia federal.


La autoridad jurisdiccional federal estimó correcta la determinación del juez local respecto a que los hechos imputados al ex edil no encuadraban en el delito de ejercicio ilícito del servicio público, y si,  en el de ejercicio abusivo del servicio público.


Estimó que el auto de vinculación y la medida de prisión preventiva oficiosa dictados por la autoridad responsable cumplió con los requisitos previstos por el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales.


En consecuencia, la defensa jurídica del ex alcalde, también conocido con el mote de “Lobito”, promovió los recursos de revisión 554/2022  y 106/2023, que fueron radicados en el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito, con residencia en Cuernavaca.


Ante la reciente admisión de ambos recursos de impugnación, se espera que breve el tribunal colegiado se pronuncie sobre si confirma, modifica o revoca de la determinación del Juzgado Quinto de Distrito.

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Maciel Calvo

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