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SCJN ordena a Cámara de Diputados pronunciarse sobre desafuero de fiscal


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SCJN ordena a Cámara de Diputados pronunciarse sobre desafuero de fiscal


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La solicitud de procedencia fue presentada por la FGR.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión pronunciarse sobre la solicitud de procedencia presentada por la Fiscalía General de la República (FGR) para el desafuero del fiscal de Morelos, Uriel Carmona Gándara.


Como parte de los resolutivos de la controversia constitucional 151/2021, el tribunal constitucional requirió al Legislativo federal para que, en un plazo de diez días hábiles, se pronuncie respecto de la solicitud de juicio de procedencia para el desafuero del fiscal morelense presentada en diciembre de 2020 por la FGR.  


"Se requiere a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por conducto de quien legalmente la representa, para que dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, informe a este Alto Tribunal sobre la nueva determinación que, previo dictamen de la Sección Instructora, en ejercicio de sus atribuciones y de no advertir alguna otra causa que justifique el desechamiento, resuelva la solicitud de declaración de procedencia formulada por la Fiscalía General de la República, en los términos ordenados en la presente ejecutoria”, estableció.


Una vez que esto ocurra en el plazo concedido, la SCJN pidió remitir copia certificada de las documentales con las que acrediten la decisión de desechar o aprobar la solicitud de procedencia.
De lo contrario, en "caso de incumplir con lo anterior, se le aplicará una multa y se procederá en términos del párrafo segundo del artículo 46, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.


El 15 de diciembre de 2020, la Fiscalía General de la República (FGR) presentó ante la Sección Instructora de la Cámara de Diputados federal  la solicitud de juicio de procedencia o desafuero contra el fiscal de Morelos, por supuestamente no contar con los exámenes de control de confianza al momento de su designación en febrero de 2018, y haber realizado diversos nombramientos en la fiscalía estatal sin que las personas designadas contasen con las evaluaciones exigidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Bajo estos supuestos, la FGR solicitó el desafuero de Carmona Gándara para imputarlo penalmente ante un juez por la presunta comisión de los delitos de ejercicio ilícito del servicio público, previsto y sancionado en los artículos 214 y 212 del Código Penal Federal, y contra el funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Publica, previsto y sancionado en el artículo 139 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica.


El 3 de mayo de 2021, la Sección Instructora, entonces presidida por el otrora diputado de Morena Pablo Gómez, por mayoría de votos determinó que el fiscal estatal no contaba con fuero constitucional y, cinco meses después, el 14 de septiembre, ya con la nueva legislatura, la Cámara de Diputados por mayoría respaldó el dictamen de la Sección Instructora, con lo cual se abría la posibilidad de que la FGR pueda imputar penalmente al fiscal de Morelos.


Sin embargo, paralelo a los juicios de amparo promovidos por el fiscal estatal, en noviembre de ese año, el Congreso de Morelos salió en defensa de Carmona Gándara y promovió la controversia constitucional 151/2021, la cual fue resuelta el pasado 12 de julio por la Primera Sala de la SCJN y determinó que el fiscal morelense tenía fuero constitucional.


Sin embargo, uno de los resolutivos hasta ahora revelados es que la Cámara de Diputados debe emitir un pronunciamiento respecto a la solicitud del juicio de procedencia solicitado por la FGR para imputar al fiscal, Uriel Carmona, quien ahora enfrenta cuatro procesos penales relacionados con la muerte de la joven Ariadna Fernanda y la presunta tortura, en grado de coautoría, de un detenido identificado como “El Diablo”.


Pese a que en cuatro ocasiones fue sujeto a prisión preventiva justificada en el Reclusorio Sur de la Ciudad de México y el Altiplano en el Estado de México durante casi dos meses, jueces federales otorgaron al fiscal morelense sendas suspensiones para afrontar en libertad los procesos penales, bajo la hipótesis de que actualmente cuenta con fuero.

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Maciel Calvo

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