Roberto Soto Castor, abogado aspirante a juez y actualmente asesor en el Congreso del Estado, detalló que promovió el juicio de amparo 959/2011 en el Juzgado Cuarto de Distrito contra la aplicación de los exámenes de control de confianza a los aspirantes a ocupar una de las 13 plazas de juez oral.
Soto Castor, quien participó en la convocatoria anterior que fue anulada y se inscribió al nuevo proceso en curso, explicó que en el examen de control de confianza que le fue aplicado en el concurso de oposición pasado su resultado fue como apto pero con seguimiento, pero aun así fue descalificado por la rigurosidad de los criterios establecidos por el Consejo de la Judicatura.
Sin embargo, en este nuevo proceso en curso todos aquellos que aprueben o sean calificados como aptos pero con seguimiento podrán continuar en la competencia.
No obstante, Soto Castor explicó que no está en contra de la aplicación de los exámenes de control de confianza sino en que no existan los criterios legales para su aplicación a aspirantes o integrantes del Poder Judicial.
Indicó que bajo los criterios normativos actuales los organismos evaluadores federal y estatal están facultados para aplicar los exámenes de control de confianza sólo al personal de las áreas de seguridad y procuración de justicia, es decir, a policías, peritos y Ministerios Públicos.
Dijo que si bien es un acto de buena voluntad solicitar a los aspirantes a jueces que se sometan a este tipo de evaluaciones, no deja de ser un acto ilegal porque no hay un marco legal que legitime este tipo de medidas.
Consideró que es necesario que el Consejo de la Judicatura privilegie el perfil y los conocimientos de los aspirantes a jueces, pero que también esto siente precedente para generar normas y reglas de evaluación para los integrantes del Poder Judicial.