Al mismo tiempo, en los tribunales colegiados de la entidad transitan los recursos de queja e impedimento que han sido promovidos contra las determinaciones de jueza de Morelos.
La Juez Quinto de Distrito del Decimoctavo Circuito, Martha Eugenia Magaña, concedió a un grupo de jueces la suspensión definitiva para frenar la discusión del dictamen sobre la reforma al Poder Judicial de la Federación.
Al mismo tiempo, en los tribunales colegiados de Morelos transitan los recursos de queja e impedimento que han sido promovidos contra las determinaciones de la juzgadora.
La tarde de ayer se dio a conocer que la jueza federal concedió la medida cautelar definitiva, dentro del juicio de amparo 1251/2024, luego de que las autoridades responsables, es decir, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, y el presidente Andrés Manuel López Obrador, omitieron rendir los informes requeridos por el órgano jurisdiccional.
Pese a que la bancada parlamentaria mayoritaria de Morena, y sus aliados en la Cámara de Diputados, argumentaron que no procede la suspensión contra reformas constitucionales, la juzgadora consideró que al no estar concretadas ni promulgadas dichas reformas, es dable la medida cautelar al grupo de jueces quejosos que impugnaron, entre otras cosas, la constitucionalidad del artículo 186 del Reglamento Cámara de Diputados –que establece que un dictamen aprobado por comisiones de una legislatura puede pasar para su votación al Pleno de otra legislatura-, y alegaron violaciones tanto a sus derechos laborales, como humanos.
El efecto de la suspensión tendría como objetivo frenar el proceso legislativo de la reforma judicial que ya fue aprobado en la Cámara de Diputados y que transita hacia el Senado de la República, donde se pronostica su aprobación en los próximos días, pese a la medida cautelar judicial.
También, la jueza concedió una segunda suspensión dentro del juicio de amparo 1255/2024 contra la reforma judicial, la cual fue notificada de inmediato a la Cámara de Diputados y a la Presidencia de la República, por conducto de la Secretaría de Gobernación.
Por cuanto a la primera suspensión otorgada por la juez de distrito de Morelos, la Fiscalía General de República promovió dos recursos de queja ante los tribunales colegiados del Decimoctavo Circuito, de los cuales uno ya fue desechado.
También fue promovida una excusa, en la que la FGR alegó que la juzgadora Martha Eugenia Magaña estaría impedida de conocer los juicios de amparo en curso, en términos de las fracciones II y V del artículo 51 de la Ley Amparo, que establecen que las personas juzgadoras deben excusarse de conocer un asunto cuando “tienen interés personal en el asunto que haya motivado el acto reclamado o lo tienen su cónyuge o parientes en los grados expresados en la fracción anterior”, o “si hubieren aconsejado como asesores la resolución reclamada”.