Lo anterior, luego de que este miércoles la Primera Sala resolvió la controversia constitucional 88/2013 promovida por el Poder Judicial de Morelos, en la que se impugnó el acuerdo por cual el mandatario estatal removió a Tallabs Ortega como su representante en el Consejo de la Judicatura y en su lugar nombró a la jueza Carmen Aquino Celis.
A propuesta de ministro ponente Arturo Zaldívar Lelo de la Lerrea, la Primera Sala del Alto Tribunal declaró la invalidez del acuerdo impugnado, “la indebida remoción del Consejero Jesús Antonio Tallabas Ortega” violó los principios de división de poderes, la autonomía e independencia judicial, previstas en el artículo 116 de la Constitución Federal.
La Primera Sala determinó que si bien el plazo del nombramiento del consejero era de cinco años, posteriormente se expidió un decreto de reforma de la Constitución local, en cuyo artículo quinto transitorio se estableció que los entonces integrantes del Consejo de la Judicatura local debían continuar en el cargo hasta completar un periodo de seis años, contados a partir de su primera designación, lo cual resulta aplicable para el consejero removido.
De esta manera, el periodo de duración en el cargo del consejero no había concluido en el momento en que fue cesado y sustituido, pues le faltaba por transcurrir un año.
En la resolución se destacó que con anterioridad el pleno de la Corte en la controversia constitucional 88/2008 declaró inválido el párrafo quinto del artículo 92 de la Constitución local y validó el artículo quinto transitorio del decreto de la reforma constitucional relativa al Poder Judicial de Morelos que estableció un periodo de seis años para los consejeros en funciones y que los miembros de la Judicatura no podrían ser removidos salvo por faltas graves o las causales establecidas en la Constitución.
Cabe destacar que este es un segundo revés jurídico para el titular del Poder Ejecutivo, luego de que el Quinto Tribunal Colegiado, con sede en Cuernavaca, confirmó hace un par de días el amparo concedido a Tallabs Ortega por el Juzgado Sexto de Distrito y que ordena su reinstalación como consejero de la Judicatura con pago de sus respectivos emolumentos y prestaciones.