En representación del Poder Judicial, el TSJ promovió la controversia constitucional 9/2014 que -de acuerdo con el documento al que tuvo acceso este medio informativo- busca de fondo controvertir los recursos asignados para despensas de los trabajadores, particularmente sindicalizados.
Y es que en las últimas semanas, la líder del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Judicial, Leticia Castro Balcázar, ha sostenido un jaloneo con los integrantes del Consejo de la Judicatura (CJ), particularmente con el representante del Poder Legislativo ante dicho órgano, Julio Ernesto Pérez Soria, a quien los sindicalizados acusan de controlar áreas importantes del TSJ e incurrir en presuntos actos de hostigamiento laboral.
La disputa entre el Consejo de la Judicatura y la dirigencia sindical, se derivó de la negativa de basificación de un número importante de empleados del TSJ y el supuesto adeudo de 110 mil pesos para despensas de los trabajadores correspondiente al ejercicio fiscal 2012 de la parte patronal; sin embargo, la titular del TSJ y el CJ, Nadia Luz Lara Chávez, responsabilizó a la líder sindical de haber perdido los recursos porque no tramitó en tiempo y forma la liberación de esos recursos para sus agremiados.
De lo anterior, el TSJ a nombre del Poder Judicial, promovió la controversia constitucional contra el artículo décimo quinto y su anexo tres, que, entre otras cosas, impugnó la asignación de dos millones 500 mil pesos para despensas de trabajadores activos y jubilados
Asimismo, el TSJ solicitó a la SCJN la suspensión, la cual fue concedida “para efecto de que se mantengan las cosas en el estado que se encuentran, respecto de las asignaciones presupuestales que son materia de impugnación”, consistentes en: “a) Despensa a jubilados con categoría al momento de su separación del cargo, sea equivalente o menor de la plaza de un secretario de acuerdos de primera instancia”, con un monto de $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.); b) “Sindicalizados Vales de Despensa”, con un monto asignado de $1,500,000.00 (un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.)”.
Al conceder la suspensión, el alto tribunal precisó que la medida cautelar tiene como fin “asegurar provisionalmente el bien jurídico de que se trate para que la sentencia pueda ejecutarse eficaz e íntegramente, de modo que tiende a prevenir el daño trascendente que pudiera ocasionarse a las partes y a la sociedad, en tanto se resuelve el juicio principal” y por lo tanto, “se interrumpen los efectos de dichas disposiciones presupuestales, inherentes al ejercicio de los recursos correspondientes en los términos dispuestos por el Poder Legislativo demandado, hasta en tanto se dicte sentencia”.
Hasta ayer, varios magistrados consultados sobre la promoción de la controversia constitucional, afirmaron desconocer el tema porque no fueron consultados al respecto por parte de la magistrada presidenta, Nadia Luz Lara Chávez.
De igual forma, nuevamente este medio intentó obtener la versión oficial de la magistrada, a quien vía telefónica se le contactó en un primer momento y ella explicó que se encontraba en una reunión, y que más tarde podría atender la petición de información.
No obstante, tras nuevos intentos de contacto telefónico por la tarde de ayer, no fue respondida la llamada. Lo anterior, a pesar de que desde el viernes 14 de febrero se le solicitó su postura respecto a la promoción y objetivos de la controversia constitucional.
Hasta ayer, el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Judicial, analizaba los efectos de la controversia constitucional y mantenía su postura de emplazamiento a huelga para el 5 de marzo.