Expresó que la Constitución local establece que los magistrados, al concluir sus encargos, tienen derecho a un haber de retiro por los servicios prestados al estado, sin embargo, está pendiente la regulación sobre las condiciones en que se otorgará.
En virtud de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) formuló sobre el tema su propia propuesta de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial -cuya ley rige únicamente a ese tribunal-, Estrada Cuevas manifestó que para evitar que el Congreso tenga que modificar cada una de las disposiciones que regulan a cada uno de los cuatro tribunales y para efecto de que se generen condiciones de igualdad, lo más conveniente es que se conciba una ley que regule el haber de retiro para todos los magistrados del Poder Judicial del estado de Morelos.
Explicó que hay suficientes antecedentes sobre el tema en las entidades federativas, incluso hay criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que pueden facilitar la creación de esta ley, que fijaría de manera clara las reglas sobre el otorgamiento del haber de retiro para los magistrados de los tribunales Superior de Justicia, Electoral, de Justicia para Adolescentes y del Contencioso Administrativo.
De acuerdo con el artículo octavo transitorio de la reforma constitucional de 2008, “aquellos magistrados que tengan antecedentes como trabajadores al servicio del estado o municipios, con antigüedad de quince años o más, tendrán derecho a que se les otorgue, al término de su período, el haber de retiro o en su caso una pensión.
La pensión se otorgará con base en lo que prevea la ley de la materia, tomando en cuenta el último cargo que hayan tenido en el servicio público antes de ser magistrados, actualizada o en su caso la homóloga a la fecha en que les sea otorgada la pensión, contándose sólo para efectos de antigüedad el tiempo que ocuparon el cargo de magistrados”.
Sin embargo, de la vigencia de la reforma a la fecha, el Congreso no ha reformado o creado alguna ley para establecer los montos y la temporalidad del haber de retiro.
Hasta ahora, sólo el TSJ ha generado una propuesta para regular el haber de retiro, la cual mantiene en sigilo ante las críticas que los magistrados de este tribunal han recibido por su pretensión de obtener un haber de retiro vitalicio al cien por ciento y otros beneficios.