Inconformes con el reciente resolutivo del Tribunal Estatal Electoral (TEE), tres partidos políticos promovieron sendos recursos de impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) contra la disposición que ordena la asignación de candidaturas a alcaldes y planillas bajo el principio de paridad de género.
Los partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Social Demócrata de Morelos decidieron promover los juicios de revisión constitucional ante la máxima autoridad electoral de país, para que dirima la controversia en relación con el acuerdo del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), en el que se estableció que los institutos políticos deberán asignar de manera igualitaria por género las candidaturas, es decir 50% para mujeres y el otro 50% para hombres.
El pasado 14 de febrero el TEE ordenó respetar la paridad de género en la distribución de candidaturas a las alcaldías e integración de las planillas que contenderán en las elecciones municipales para la renovación de los 33 ayuntamientos, al confirmar el acuerdo del Impepac que obliga a los partidos políticos a asegurar la participación igualitaria de hombres y mujeres en la conformación de planillas y candidaturas a las alcaldías.
Incluso en la sentencia del tribunal local, se incluyeron sugerencias a los partidos para la asignación de sus candidaturas a los cargos municipales. Por ejemplo, para la renovación de las 33 alcaldías debe designarse a 17 mujeres como candidatas a presidentas municipales (propietaria y suplente) y 16 varones como candidatos a alcaldes (candidato y suplente), o viceversa. En el caso de las sindicaturas aplicará el mismo principio, de tal manera que si una mujer es candidata a alcaldesa, el candidato a síndico deberá ser varón, y así sucesivamente en la integración de las planillas.
Inconformes con el fallo las tres fuerzas políticas promovieron los recursos de impugnación y será en los próximas días cuando el Trife conozca el asunto y resuelva si confirma, modifica o revoca el fallo de TEE, que validó el acuerdo del Impepac.