De acuerdo con el decreto, quedó derogado el artículo 15 Bis que permitía al gobierno estatal restar a los 33 municipios el 5% de sus participaciones federales, para nutrir el fondo para seguridad, lo cual causó inconformidades entre los alcaldes que están por concluir sus administraciones, porque supuestamente restaba capacidad económica a los ayuntamientos.
Con esta modificación se devuelve a los municipios sólo el 2% de las participaciones federales y el 3% restante seguirá bajo la administración estatal para nutrir la creación y operación del Fondo para el Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, financiar proyectos intermunicipales y crear estrategias y programas en materia de seguridad pública.
Según el decreto, el Congreso del Estado deberá expedir, en un plazo máximo de 30 días hábiles, la ley que regulará el Fondo para el Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Estado de Morelos, cuyo objetivo será administrar los recursos necesarios para atender las necesidades en materia de desarrollo económico de los municipios, primordialmente estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones, obras de infraestructura y financiamiento complementario para aquellos proyectos prioritarios, orientados a promover la adecuada planeación del desarrollo municipal urbano.