Con una mayoría de ocho votos, los ministros del Alto Tribunal resolvieron el conflicto 60/2012 y determinaron que es el juzgado séptimo de Distrito en el Estado de Michoacán el competente para procesar penalmente a tres militares acusados de “sembrar” droga a un civil para inculparlo por narcotráfico, ya que incurrieron en el delito de falsedad de declaraciones e informes.
Por lo tanto, “la actualización de los hechos que motivan este conflicto no atentan contra la disciplina castrense, sino contra la administración de justicia del orden federal, porque los hechos delictivos se cometieron en el orden común”.
La semana pasada la SCJN resolvió el conflicto competencial 38/2012 relacionado con el caso del asesinato del morelense Jethro Ramsés Sánchez Santana, en el que los ministros consideraron que en todos aquellos casos en los que un militar haya cometido un delito en contra de una víctima civil, la jurisdicción que resulta competente para conocer del mismo, es la civil y no la militar.
En ese sentido, cuando esta situación se presente y a las víctimas se les lesionen sus derechos humanos, el delito deberá ser atendido por la justicia civil.
En las próximas sesiones, el pleno de la SCJN analizará varios amparos en revisión promovidos por diversos militares, respecto al alcance del fuero militar.