El pasado 11 de julio los diputados de la LI Legislatura aprobaron modificaciones al artículo 109 de la Ley de Justicia para Adolescentes para incrementar las penas privativas de la libertad para adolescentes en conflicto con la ley, pero desde entonces el Congreso no ha enviado al Poder Ejecutivo el documento de reforma para su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”.
De acuerdo con el proyecto aprobado por los legisladores hace más de cuatro meses, se aumentaron de tres a cinco años de internamiento a los menores infractores de entre 14 y 16 años de edad, y hasta siete años en caso de delitos graves; en el caso de jóvenes mayores de 16 años y menores de 18 las penas se incrementaron de cinco a siete años, y en casos graves hasta nueve años.
Aunque la medida provocó polémica, los legisladores justificaron entonces que era necesario endurecer las penas privativas de la libertad a los adolescentes en conflicto con la ley, debido a un incremento considerable de menores implicados en delitos de alto impacto como secuestro y robo con violencia.
El Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes procesa a los menores de 18 años bajo el marco normativo vigente que permite a los menores gozar su libertad mientras enfrentan su proceso e incluso realizar servicio a la comunidad en los casos de que las conductas antisociales o delitos cometidos no sean graves, ni haya riesgo de sustracción de la justicia.
Las penas máximas actuales para muchachos de entre 14 y 16 años son de tres años de internamiento y hasta cinco años en los casos de jóvenes de entre 16 y menos de 18 años.