Jojutla.- Mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación no revoque la reforma a la ley orgánica que obliga a los ayuntamientos a pagar 90 días de salario mensual a los ayudantes municipales, los municipios deben cumplir con esa disposición.
La diputada local Hortencia Figueroa Peralta reconoció que muchos municipios recurrieron la medida de manera legal porque carecen de recursos, y en algunos casos, consideraron un exceso de atribuciones de parte del Congreso del estado, determinar la cantidad que se debe entregar como apoyo económico a las autoridades auxiliares.
“Las autoridades estamos obligadas a cumplir con la ley, a diferencia del ciudadano, que puede hacer todo aquello que la ley no le prohíbe; las autoridades debemos hacer exclusivamente lo que la ley nos ordena y nos faculta, y en este sentido, no es un pretexto el hecho de que se diga que el Congreso ha excedido en sus facultades, porque para determinar si ha habido exceso o no, está la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través de una controversia constitucional. Entonces, tampoco ha habido resoluciones en las que se diga que el Congreso ha excedido en sus facultades, esto significa que ha habido falta de voluntad de los ayuntamientos para poder darle cumplimiento a la ley”, expresó la legisladora.
Deploró que se haya calificado esta reforma como un exceso, o que tiene fines electorales, cuando en realidad, opinó, los ayudantes municipales pueden ser de diversos partidos políticos.
Criticó que haya ediles que se duelen, señalando que no tienen recursos económicos, pero sí tienen la posibilidad de costear eventos masivos en los que hay un dispendio de recursos y en los que no se pone por delante la austeridad que pregonan.
Se refirió en particular al caso de Tlaquiltenango, donde los 30 ayudantes reciben apenas un apoyo económico de más de mil pesos quincenales. “Es importante que se haga la valoración de las condiciones que tienen los ayudantes de Tlaquiltenango, que en muchas de las comunidades ni siquiera tienen un transporte tan frecuente y hay la necesidad de que estén sorteando una serie de gastos cada que tienen que asistir a la cabecera a hacer algún trámite o solicitar alguna gestión”.
Resaltó que ese, como otros municipios, recurrió a la controversia constitucional, pero la Corte, en la suspensión que solicitaron, determina que no es viable la suspensión, lo cual significa que aunque estén en contra de la reforma, tienen que cumplirla hasta que la misma Corte determine si ha habido alguna violación o no a la autonomía municipal.
“Entonces, no hay pretexto para no cumplirla, se argumenta que faltan recursos, pero el ayuntamiento tiene que hacer una valoración”.