Jojutla.- Desde el año 2000 se puede sancionar administrativamente a quien maltrate a los animales domésticos y a partir del 16 de marzo de este año la denuncia puede ser penal, con un mayor castigo, aunque esta información apenas se está socializando y es poco conocida.
Ana Delia Seyde Valverde, subprocuradora jurídica de la Procuraduría de Protección al Ambiente de Estado de Morelos (Propaem), quien impartió una conferencia ayer Jojutla, confirmó que hace falta difusión de esta medida, pero es una realidad que ya se puede ejercer acción punitiva contra quien atente contra los animales domésticos.
Explicó que a partir de este año, el delito de maltrato animal se puede perseguir mediante la Fiscalía General del Estado, o ante la Propaem, aunque esta dependencia únicamente puede aplicar sanciones administrativas. En caso de que el maltrato se considere un delito, puede ameritar penas privativas de la libertad, incluso.
“La verdad es que no ha habido mucha difusión, hay una confusión entre lo que hace la procuraduría y lo que hace la fiscalía. El delito de maltrato animal se persigue ante la fiscalía general, la Procuraduría de Protección al Ambiente únicamente puede llegar hasta la sanción administrativa de esas conductas. Las diferencias están en la sanción, porque como delito (ante la fiscalía), puede ser hasta privativa de la libertad, pero en materia administrativa no, sólo hasta arresto de 36 horas”.
Deploró que haga falta el conocimiento del tema entre la población, pues incluso representantes de las sociedades protectoras de animales quieren presentar denuncias y les dicen que no en los ministerios públicos.
Refirió que la mayor parte del maltrato se da en perros y gatos,
“El maltrato puede ser desde que le cortas las orejas hasta ponerle un suéter (a la mascota) porque un perro no necesita un suéter; o le cortas el rabo o le arrancas las uñas, o lo tienes amarrado en el rayo del sol. Todo eso lo podemos considerar como maltrato a un animal, o también que los tienen amontonados en un espacio muy pequeño o en materia civil podemos entender el daño como la pérdida o el menoscabo de algo”.
Dijo que cualquier ciudadano puede presentar la denuncia, por escrito o vía internet ante la Propaem o ante la fiscalía, o ambas a la vez, pues no son excluyentes.
La falta de alimentación y el abandono de perros es el delito más recurrente, reconoció la funcionaria.
Precisó que las sanciones administrativas por el maltrato animal, se establecieron desde el año 2000 y la Propaem se creó en el año 2014. Desde entonces a la fecha, han recibido alrededor de 120 denuncias administrativas por maltrato animal. En cuanto a las denuncias penales, dijo desconocer, porque esas las lleva la fiscalía.