Las capitulaciones matrimoniales son las cláusulas bajo las cuales se celebra el matrimonio. En ellas se fijan situaciones tan importantes como son: ¿quién va a ser el administrador de la sociedad conyugal?, ¿qué bienes aportan? etc.
En la ley del Impuesto Sobre la Renta ésta figura se regula dentro del Titulo IV de las Personas Física y contempla que este contrato tiene obligaciones fiscales, por lo que mencionaremos a continuación los ingresos que por disposición expresa nos indica que se obtienen como sociedad conyugal, siendo los siguientes: Ingresos por arrendamiento, por la enajenación de bienes, por la adquisición de bienes, por intereses, por dividendo y actividad empresarial, por lo que se excluyó los ingresos por salarios y honorarios.
El artículo 92 de la ley del ISR indica que deberá designarse a uno de los cónyuges como representante común, el cual tiene la obligación de llevar la contabilidad, expedir comprobantes, recabar documentación fiscal, conservar los libros, pero los pagos provisionales y la declaración anual es de ambos.
Si se analiza con cuidado la obligación de que los integrantes de la sociedad presenten sus pagos provisionales y declaración anual de ISR cada uno por separado parecería a primera vista una carga administrativa, pero en los casos especifico de arrendamiento y venta de inmuebles (enajenación de bienes) esta obligación ofrece una gran ventaja, ya que al momento de determinarse el impuesto sobre los ingresos de cada uno de los cónyuges trae como consecuencia que el ISR será inferior al que les hubiera correspondido de haberse determinado por la totalidad de los ingresos o ganancia obtenida, ya que recordemos que la tarifa para Personas Físicas es progresiva. Por tanto, a mayor ingreso mayor impuesto: el contribuyente que acumule más ingresos pagará más impuesto.
El reglamento de la ley del ISR menciona que los integrantes de la sociedad conyugal podrán optar porque quien obtenga mayores ingresos sea el que acumule la totalidad de los ingresos, aunque esto trae implícito un impuesto mayor, por lo que para terminar les aconsejo hacer una comparación del impuesto que se determinará bajo los dos esquemas y evaluar las ventajas y desventajas de ellos y tomar la decisión que mejor nos acomode.