La SCJN avala la reforma que solo les destina un haber de retiro al acabar su periodo; los juzgadores morelenses querían su pensión al cien por ciento de su último salario y, además, que fuera heredable.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos que anuló la pensión vitalicia y fijó un tope al haber de retiro para los magistrados.
Al resolver la controversia constitucional 33/2015, en sesión vía remota, el Pleno validó la reforma y adición de los artículos 26 BIS, 26 TER, 26 QUATER, 26 QUINQUIES y 26 SEXIES de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos, que estableció que los magistrados que culminen su periodo podrán recibir como haber de retiro un “único pago en una sola exhibición, a razón de tres meses del salario actual que perciben los magistrados, así como el otorgamiento de un mes más de salario por cada dos años que ejerció la magistratura”.
Por mayoría de ocho votos fue aprobado el proyecto presentado por el ministro ponente, Javier Laynez Potisek, en el que se declararon infundados los agravios expuestos por la representación del Poder Judicial del Estado de Morelos, que aspiraba a que los magistrados tuviesen un haber de retiro “periódico, vitalicio y heredable”.
De acuerdo con el proyecto, el Congreso local no incurrió en omisiones en el proceso legislativo de reforma y adición a la ley orgánica, ni tampoco incurrió en invasión de competencia ni violación a la autonomía e independencia judicial al haber desestimado el legislador la propuesta de iniciativa presentada por el Poder Judicial, que pretendía que los magistrados que concluyeran su periodo obtuvieran una pensión vitalicia al 100 por ciento.
Incluso, se resaltó que, si bien el Poder Judicial -cuya representación recae en el Tribunal Superior de Justicia- tiene facultad para presentar iniciativas de ley al Congreso, esto no significa que el legislador tenga que constreñirse a sus propuestas.
Por lo tanto, quedó firme la reforma realizada por la Quincuagésima Tercera Legislatura, por la que se fijó un tope al haber de retiro que recibirán los magistrados al concluir el periodo para el que fueron designados por el Congreso.
Con base en la información pública del TSJ, un magistrado gana mensualmente 97 mil pesos, lo que significa que al día de hoy, en caso de retiro recibiría como haber un millón 261 mil pesos en el supuesto de que la SCJN valide la ampliación a 20 años del periodo de los magistrados.
En el supuesto de que invalide la ampliación y ratifique el periodo máximo de 14 años en el cargo, el haber de retiro sería de aproximadamente de 970 mil pesos.
También estaba previsto que el Pleno resolviese la acción de inconstitucionalidad 24/2017, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos para reclamar la invalidez del decreto 1804, que reformó el decreto 191 que crea el organismo descentralizado Comisión Estatal de Reservas Territoriales, sin embargo, el asunto fue retirado de la sesión.