Política

Advierte SCJN de posible desacato de Congreso de Morelos


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Advierte SCJN de posible desacato de Congreso de Morelos

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La Corte exigió al Legislativo estatal cumplir con la sentencia que le ordenó realizar una consulta indígena sobre la creación del municipio de Tetelcingo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) exigió al Congreso de Morelos cumplir con la sentencia que le ordenó realizar una consulta indígena sobre la creación del municipio del Tetelcingo y le advirtió que está al borde de incurrir en desacato.


El pasado 16 de febrero, el tribunal constitucional requirió al Poder Legislativo informar sobre los actos tendientes a cumplir con la sentencia de la controversia constitucional 30/2018, so pena de ser sancionado con una multa.


En respuesta, la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso de Morelos comunicó a la SCJN que el 15 de marzo se convocó a una reunión de las Comisiones Unidas de Gobernación y Gran Jurado; y de Fortalecimiento Municipal, Desarrollo Regional y Pueblos Indígenas, para aprobar el dictamen con proyecto de acuerdo para realizar una consulta indígena previa para la creación del Municipio Indígena de Tetelcingo, y requerir al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana del Estado de Morelos (Impepac) que lleve a cabo este ejercicio.


Sin embargo -justificó el Congreso- el dictamen en cuestión no pudo ser aprobado “toda vez que no se reunió el quórum legal de la Comisión de Gobernación y Gran Jurado, en tanto que el de la Comisión de Fortalecimiento Municipal, Desarrollo Regional y Pueblos Indígenas sí se reunió.”


Con este informe, el Poder Legislativo pretendió dar visos de cumplimiento de la sentencia de la SCJN, que el 29 de marzo refutó los argumentos legislativos, dio por incumplida la sentencia y advirtió que aplicará sanciones ante un posible desacato.


“Ahora, si bien es cierto (que) el oficiante informa las gestiones que se encuentra efectuando, a fin de dar cumplimiento a la ejecutoria de la presente controversia constitucional, también lo es que las mismas no han trascendido en el cumplimiento de lo ordenado en la sentencia dictada por el Pleno de este Alto Tribunal en fecha 26 de septiembre de 2019, ya que dichos actos son de escasa eficacia al no haberse reunido el quórum legal de la Comisión de Gobernación y Gran Jurado para aprobar el dictamen con proyecto de acuerdo, por el que se determina realizar una consulta indígena previa para la creación del Municipio Indígena de Tetelcingo, Morelos, y en el que se le requiere al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana del Estado de Morelos, para que lleve a cabo la consulta referida.


“Por tanto, se requiere nuevamente al Poder Legislativo del Estado de Morelos para que dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, exhiba ante esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, copia certificada de las constancias que acrediten el cumplimiento total de la sentencia dictada en este asunto; quedando vigente el apercibimiento de multa decretado en proveído del 16 de febrero de 2022.


“Además, dígasele al Poder vinculado al cumplimiento, que también, en caso de incumplimiento, se procederá en términos de la parte final del artículo 46, párrafo segundo de la citada ley reglamentaria”, estableció el tribunal constitucional en su acuerdo, en el que advirtió una posible destitución del cargo y consignación ante un juez por desacato a su resolución.


En 2017 fueron expedidos cuatro decretos para la creación de cuatro municipios indígenas: Xoxocotla, Coatetelco, Hueyapan y Tetelcingo. En este último caso, inconforme con la escisión de la comunidad de Tetelcingo, el Ayuntamiento de Cuautla promovió una controversia constitucional y la SCJN frenó la instauración de este municipio indígena. El 26 de septiembre de 2019, al resolver la controversia, el tribunal constitucional ordenó realizar la consulta indígena, requisito constitucional imprescindible, y emitir un nuevo decreto.


A finales de febrero de 2022, al transcurrir dos años y seis meses de que se dictó la sentencia, la SCJN recalcó que a las autoridades involucradas en la controversia debían, en el ámbito de sus competencias, "tomar las medidas necesarias en un plazo razonable y suficiente para la realización de la consulta previa, respetando el estándar convencional y legal, pero sin que dicho plazo fuera excesivo en perjuicio de los pueblos y comunidades indígenas, a fin de arribar a la expedición de un nuevo decreto de creación de dicho municipio”.


Al no dar por satisfecho el cumplimiento, la Corte emitió hace unos días un nuevo acuerdo con la advertencia clara de que, de no acatarse totalmente la sentencia, habría consecuencias para el Poder Legislativo de Morelos.

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Maciel Calvo

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