Juez concede amparo a Eva Penélope Picazo Hernández.
Un juez de distrito concedió el amparo a la titular de la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Victimas del Estado de Morelos (CEARV), Eva Penélope Picazo Hernández, para que le sea pagado la parte proporcional del aguinaldo que le corresponde, a partir de la fecha de su designación.
En el amparo 85/2022, la funcionaria impugnó la promulgación, aprobación y expedición del decreto número 208, publicado en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", el 31 de julio de 2013, por el cual fue reformado el artículo 2 y adicionó un segundo párrafo al artículo 42 de la Ley del Servicio Civil del estado de Morelos, que excluyó a los altos funcionarios y representantes de los Poderes del Estado del derecho a recibir aguinaldo, por ser una prerrogativa exclusiva de los trabajadores.
Picazo Hernández alegó que su cargo no se encuentra dentro las excluyentes previstas en la Ley del Servicio Civil y, por lo tanto, reclamó su derecho a recibir la prerrogativa como trabajadora del Poder Ejecutivo.
El juzgado de distrito resolvió conceder la protección de la justicia federal a la funcionaria y, al no ser recurrida la sentencia, causó ejecutoria. En consecuencia, la autoridad federal requirió a Paula Ruth Mantecón Piña, Secretaria Técnica y de Enlace de la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Victimas del Estado de Morelos, para que cumpla con el fallo.
Es decir, que deje insubsistente el oficio SG/CEARV/STyE/001/2022 del 4 de enero de 2022, mediante el cual se negó a Picazo Hernández –designada el 27 de octubre de 2021 como titular de la CEARV por el Congreso a propuesta del Poder Ejecutivo- el pago de aguinaldo, y emita una nueva determinación en la que otorgue a la quejosa el pago proporcional de la prerrogativa, derivado de su nombramiento como Titular de la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos, que le confirió el Gobernador Constitucional del Estado de Morelos.