El G-15 pretende apoderarse de seis magistraturas más; el 19 de octubre se sabrá quienes optarán por esa vía para recibir una cuantiosa pensión.
Comenzó a correr el plazo para que magistrados y magistradas de los tribunales Superior de Justicia (TSJ) y de Justicia Administrativa (TJA) se acojan al “retiro voluntario” que ofreció el Congreso de Morelos para desocupar escaños y el G-15 pueda hacer nombramientos exprés de magistraturas.
Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, entró en vigor el decreto 1103 en el que se estipuló que, desde su publicación (ayer) y hasta los siguientes cinco días hábiles, quienes deseen acogerse al “retiro voluntario” podrán presentar su solicitud ante la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Morelos hasta las 23:59 horas del 19 de octubre.
Terminado el plazo, las solicitudes debidamente requisitadas para obtener el decreto de pensión vitalicia por retiro voluntario serán turnadas a la Comisión del Trabajo, Seguridad y Previsión Social para resolver sobre su procedencia y emitir el dictamen con proyecto de decreto para su aprobación por el Pleno.
De acuerdo con los artículos transitorios, el TSJ y el TJA deberán contemplar el pago de las pensiones por retiro voluntario de las y los magistrados en sus respectivos anteproyectos de presupuestos de egresos de cada ejercicio fiscal subsecuentes, que para tales efectos se envíen al Poder Ejecutivo para su inclusión en el paquete económico.
En consecuencia, el Congreso del Estado –dice el artículo quinto transitorio- garantizará en el Presupuesto de egresos de cada ejercicio fiscal, los recursos necesarios para el cumplimiento del pago de las pensiones de personas juzgadoras que hayan decidido su retiro anticipado y quienes quedarán separadas de su cargo el próximo 31 de diciembre próximo.
De esta forma, el Congreso podrá hacer de manera exprés un proceso de designación de las magistraturas que queden vacantes, para que las nuevas personas juzgadoras entren en funciones en 1 de enero de 2024.
Las y los magistrados que elijan el retiro voluntario junto con su pensión vitalicia deberán de cumplir con los siguientes supuestos: tener antecedentes como trabajadores al servicio del estado con una antigüedad de 15 años o más, incluyendo el tiempo del ejercicio de la magistratura para efectos del cómputo de esa antigüedad; haber ejercido la magistratura por un lapso mínimo de ocho años y que se encuentre pendiente de ejercer el cargo de por lo menos dos años previos a la conclusión de su periodo constitucional; y, al optar por la pensión, deberán renunciar al haber de retiro que dispone la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos.
La pensión mínima será del 75% de su último salario a partir de los 15 años de servicio y alcanzará el 100% a partir de 20 años o más. Los porcentajes y montos de la pensión en estos casos se integrarán por el salario, las prestaciones económicas y de seguridad social que tenían al momento del retiro en la magistratura, excluyendo aquellos apoyos extraordinarios otorgados para la comisión o desempeño del cargo.
La pensión por retiro voluntario se otorgará por extensión en caso de fallecimiento de la magistrada o magistrado que se haya acogido al presente Decreto, a favor de su cónyuge, concubina o concubinario y de sus descendientes de acuerdo al trámite que establezcan las disposiciones reglamentarias correspondientes,
Las y los magistrados susceptibles de acogerse a este decreto único expedido por el Congreso local son: Andrés Hipólito Prieto, Guillermina Jiménez Serafín, Carmen Aquino Celis, Elda Flores León, Juan Emilio Elizalde y Bertha Rendón Montealegre.