La exsecretaria de Educación estatal, Beatriz Ramírez Velázquez, obtuvo de un juez federal una suspensión provisional para continuar recibiendo su pensión por jubilación, luego de que la actual legislatura abrogó el decreto pensionario por presuntas irregularidades en su emisión.
En el juicio de amparo 505/2019, promovido el pasado 16 de abril, la demanda fue admitida por el Juzgado Tercero de Distrito, quien determinó conceder la medida cautelar hasta en tanto se resuelve si otorga o no la suspensión de manera definitiva.
En su demanda, la exsecretaria de despacho consideró “injustificadas, indebidas, infundadas, inmotivadas, ilegales, inconstitucionales e inconvencionales”, la dictaminación, discusión, aprobación y promulgación del decreto expedido por la LIV Legislatura y publicado por el Poder Ejecutivo en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, por el cual fue revocado su decreto de retiro.
También reclamó que se le ha dado un trato discriminatorio y de linchamiento público “al ser tildada como ‘beneficiaria’ de una denominada ‘pensión dorada’, por parte de las responsables; así como haber sido tratada, inconstitucional e indebidamente, como una presunta responsable de un hecho ilícito, violentando sus derechos fundamentales y sus garantías constitucionales respectivas, como son la de audiencia, legalidad, seguridad jurídica, debido proceso, tutela judicial efectiva y no discriminación”.
Con base en estos alegatos, el juzgado de distrito resolvió conceder “la suspensión provisional del acto reclamado para efecto de que las autoridades responsables procedan a cumplir con lo establecido en el decreto tres mil cuatrocientos dieciséis, de veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho, publicado en el Periódico Oficial ‘Tierra y Libertad’, número cinco mil seiscientos treinta y siete; hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva, ello tomando en consideración que se encuentran reunidos los requisitos establecidos por los artículos 128, 131 y 147, segundo y tercer párrafos, todos de la Ley de Amparo”.
En julio de 2018, la anterior legislatura aprobó el decreto de pensión por jubilación de Beatriz Ramírez Velázquez, a razón del equivalente al 90%, sobre el equivalente a 600 salarios mínimos generales vigentes.
Pero la actual legislatura revisó y encontró elementos legales para abrogar los primeros 24 expedientes de decretos pensionarios, de poco más de 70 con irregularidades e inconsistencias en su emisión.
En el caso de la exsecretaria, según el decreto de abrogación publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el pasado 12 de abril, en el sistema de cómputo y libros de registros, así como de control de la Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social del Poder Legislativo del Estado de Morelos, no se encontró ningún registro de ingreso de la solicitud de pensión de fecha 27 de junio de 2018 a nombre de Ramírez Velázquez.
Tampoco cumplió con lo previsto en la fracción I del artículo 67 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Morelos, que señala que corresponde a la Comisión Legislativa conocer, estudiar y dictaminar los asuntos referentes a las pensiones de los trabajadores al servicio del estado, así como la facultad de investigación para comprobar fehacientemente los datos que acrediten la antigüedad de los trabajadores para el beneficio de las pensiones, así como atender los asuntos que el Presidente de la Mesa Directiva le turne, para someterlos posteriormente a la consideración del Pleno.
De igual forma, dice el decreto de abrogación, se observó que no se llevó a cabo debidamente la investigación en todas esas dependencias para las cuales la solicitante de la pensión afirmó que prestó sus servicios, ni en el expediente interno se integró documentación probatoria, como recibos de nómina, oficios de nombramientos, listas de asistencia, entre otros, para comprobar los servicios prestados y su antigüedad.
Con base en ello es que el Pleno del Congreso determinó que existieron “serias irregularidades en el desarrollo del proceso legislativo llevado a cabo por la LIII Legislatura, así como en el expediente abierto con motivo de la solicitud de pensión de la C. Beatriz Ramírez Velázquez, y al existir elementos suficientes y convincentes para considerar que el Decreto pensionatorio Número Tres Mil Cuatrocientos Dieciséis, aprobado a favor de la C. Beatriz Ramírez Velázquez, carece de los más esenciales requisitos de validez para su otorgamiento ya que estuvo viciado de nulidad desde su origen”.